Ética y partidos

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En estos días se conocieron unas declaraciones de la directora del Partido de la U, Dilian Francisca Toro, con motivo de la incorporación de Caterine Ibargüen a esa colectividad política.

No me referiré a la vinculación de la deportista, muy polémica de hecho, sino que me centraré en las declaraciones de la líder política. Ella dijo en medio de una entrevista a la emisora Blu Radio: “No no le pueden echar la culpa a una institución de lo que hacen sus… de lo que hacen algunos de sus, de sus integrantes, como así que, entonces, el partido es el  culpable que una persona haga cualquier… tenga cualquier problema o… más adelante, en medio de la discusión con la periodista afirma que eso pasa en todos los partidos. Cabe aclarar que Dilian Francisca Toro estuvo investigada por presunto lavado de activos y cuya investigación la precluyó la fiscalía en el año 2.018. (1)

Estas declaraciones dejan ver la falta de ética de los partidos políticos, que no asumen ninguna responsabilidad por las actuaciones en la vida pública y con respecto al manejo del erario de sus militantes. ¿Cómo así que el partido no es responsable? Y entonces dónde quedan los Consejos de Control Ético obligatorios en las colectividades y a qué se dedican?¿Son solo “floreros” en las colectividades? Y por el hecho de que, según ella, eso pasa en todos los partidos, ¿es una justificación válida? También demuestran que la señora Toro y otros directores de partidos, o no conocen o no aplican lo ordenado en la ley 130 de 1994:  Por la cual se dicta el Estatuto Básico de los partidos y movimientos políticos, se dictan normas sobre su financiación y la de las campañas electorales y se dictan otras disposiciones. en sus artículos:  ARTICULO 41.—Consejos de control ético. Con el propósito de colaborar permanentemente en la consolidación de la moral pública, los partidos y movimientos políticos, con o sin personería jurídica, crearán consejos de control ético. Dichos consejos tendrán como atribución esencial examinar al interior del respectivo partido o movimiento político la conducta y la actividad que cumplan aquellos servidores públicos que desempeñen funciones en la administración pública, en las corporaciones de elección o dentro de la organización política respectiva. ARTICULO 42.—Declarado inexequible. ARTICULO 43.—Otras recomendaciones. El Consejo de Control Ético, así mismo, podrá recomendar que se inicien las acciones previstas en la Constitución y en la ley sobre pérdida de la investidura en el servicio público. ARTICULO 44.—Ética político-partidista. Corresponde a los consejos de control ético de los partidos y movimientos, pronunciarse sobre la actividad de los miembros o afiliados en relación con el partido o movimiento político al que pertenezcan además de lo contemplado en el código de ética, en los siguientes casos: 1.  Cuando el miembro afiliado infrinja las normas éticas establecidas por el partido o movimiento político. 2.  Declarado inexequible.3.  Cuando el miembro o afiliado incurra en hechos que atenten contra la buena fe o los intereses generales de la comunidad o la sociedad. Igual situación se predicará respecto de quien atente contra el patrimonio o los intereses del partido o movimiento o los intereses del Estado y especialmente por irregularidades contra el tesoro público. 4.  Cuando la conducta del miembro o afiliado no corresponda a las reglas de la moral, la honestidad y el decoro público según las definiciones que para el efecto realice el código de ética del partido o movimiento político.  ARTICULO 45.—Sanciones. De acuerdo con la gravedad de la falta y de los perjuicios que se deriven para el partido o movimiento político, el Consejo de Control Ético, en los casos señalados en el artículo anterior, podrá amonestar públicamente al transgresor; cancelar su credencial de miembro del partido o abstenerse de avalar su candidatura a cargos de elección popular y en los de la administración pública, cuando la provisión del cargo se haga teniendo en cuenta la filiación política. ARTÍCULO 47. RESPONSABILIDAD DE LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS. Los partidos y movimientos políticos, los movimientos y organizaciones sociales, son garantes de las calidades morales de sus candidatos elegidos a cargos de elección popular desde la inscripción hasta que termine su período.(2) Y lo consagrado en la ley estatutaria 14 75 de 2.011 Por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones: Artículo 8°. Responsabilidad de los partidos. Los partidos y movimientos políticos deberán responder por toda violación o contravención a las normas que rigen su organización, funcionamiento o financiación, así como por las conductas de sus directivos consideradas como faltas en el artículo 10 de la presente ley. El parágrafo dice: Artículo 10 Régimen sancionatorio que dice: Parágrafo. Los partidos o movimientos políticos también responderán por avalar a candidatos no elegidos para cargos o corporaciones públicas de elección popular, si estos hubieran sido o fueren condenados durante el periodo del cargo público al cual se candidatizó, mediante sentencia ejecutoriada en Colombia o en el exterior por delitos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales y actividades del narcotráfico, cometidos con anterioridad a la expedición del aval correspondiente. (3) (la cursiva, la negrilla y el subrayado son míos)  También demuestran que la señora Toro, otros directores de partidos y sus Comisiones Eticas, no conocen o no aplican lo ordenado en la ley 130 de 1994 y lo consagrado en la ley estatutaria 14 75 de 2.011.  Lo que se ordenaron ellos mismos en esas leyes que aprobaron.  Lo que permite  concluir que si hay una responsabilidad tanto moral como jurídica de los partidos, los directores y sus comisiones de ética por la conducta y realizaciones de sus parlamentarios y militantes y que están obligados a sansionarlos cuando no cumplan con la Constitución, las leyes y los estatutos de sus partidos. Reflexión: La señora Toro es directora de un partido y ¿No conoce estas leyes ni la Constitución?

Recuerdo, también, cuando el señor Álvaro Uribe Vélez, en medio de una necesidad de votos en el congreso para aprobar los proyectos de transferencias, la capitalización de Ecopetrol y la reforma tributaria y ante la inminente detención de muchos parlamentarios dijo: «Le voy a pedir a todos los congresistas que nos han apoyado, que mientras no estén en la cárcel, a votar las transferencias, a votar la capitalización de Ecopetrol, a votar la reforma tributaria.»(4)

Estos dos hechos demuestran cómo se han mezclado los delitos, la vida política, los partidos y el manejo del país y que a pesar de que hay leyes que regulan las conductas y delitos, no las aplican o las ignoran por completo. que ha permitido todo tipo de actuaciones de sus militantes sin tomar algún tipo de medida disciplinaria, las excepciones se cuentan con los dedos de las manos, la más notoria en los últimos meses fue la expulsión de Jonathan Tamayo, conocido como senador Manguito, del partido ASI por hechos disciplinarios y estatutarios calificados como graves por la colectividad (5). Pero este hecho es solo uno de los poquísimos en que un partido toma acciones en contra de uno de sus miembros por atentar contra la conducta ética de una colectividad política. Ellos están seguros que Colombia es de su propiedad, hacen con ella lo que quieren y que nadie tiene el derecho de llegar a un puesto de poder si no pertenece a alguna de sus familias, cumple con sus condiciones y les hace caso en todo.  El “todo vale” demuestra que estos partidos en el poder con incompatibles con la ética.     

Ese fue el mensaje que les mandaron tanto el gobierno nacional como el distrital a todos los muchachos que han levantado su voz para exigir los derechos que tiene cualquier joven en cualquier país civilizado del mundo: Vivir con dignidad. No, todo lo contrario, se les ha estigmatizado, señalado, insultado,  maltratado, golpeado, lisiado, violentado y hasta asesinado por el solo hecho de pedir derechos. Por un lado el ejemplo y mensaje que les presentan es que ser decente y ético no paga, que el único camino que hay para “progresar” es convertirse en un delincuente, y por el otro, que solo ellos tienen derecho a una vida digna. Ellos, que lo lograron precisamente siendo inmorales, corruptos e indecentes,  que han prometido, en sus campañas, todo tipo de acciones para que el pueblo viva mejor y al llegar al poder, (o seguir en él), hacen todo lo contrario. Y ¿qué partido político o institución republicana ha castigado ese incumplimiento de promesas?, ¿cómo se puede llamar esa impunidad? Lo más triste es que siguen en el poder. 

El mensaje concreto que mandan es:  “Para ustedes no hay educación, ni salud, ni empleos decentes, no tienen esos derechos. Ustedes, jóvenes, tienen que aprender a ser corruptos ladrones, delincuentes o saqueadores del erario, porque es el único camino que hay para progresar en Colombia. Ese es el ejemplo que están dando.

(1) https://www.elpais.com.co/judicial/fiscalia-precluyo-investigacion-contra-dilian-f-toro-por-presunto-lavado-de-activos.html 

(2) https://pdba.georgetown.edu/Electoral/Colombia/ley130-94.html  https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=4814 

(3) https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=43332 

(4)   https://www.youtube.com/watch?v=B0qW21fXioo   https://www.semana.com/enfoque/frase-de-la-semana/articulo/les-voy-pedir-todos-congresistas-mientras-no-esten-carcel-voten/82445-3/ 

(5) https://www.eltiempo.com/politica/partidos-politicos/senador-manguito-es-expulsado-de-su-partido-politico-552857  

 

Las opiniones  realizadas por los columnistas  del portal www.laotravoz.co  no representan la identidad y línea editorial del medio. Les invitamos a leer, comentar, compartir y a debatir con respeto.

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