Ahora empieza lo difícil. Enhorabuena la Corte Constitucional ordenó al Consejo Nacional Electoral reconocerle Personería Jurídica a Colombia Humana, el movimiento político con el que Gustavo Petro participó en las elecciones presidenciales de 2018. Decir que fue fácil obtener el aval del alto tribunal es una metáfora, porque todos sabemos que detrás de esa sentencia está una larga travesía de Petro, en el pasado remoto y en el actual acontecer.
En lo remoto, lleva más de cuarenta años, pues su militancia política comenzó 1977, cuando ingresó al M19 con el nombre de Andrés Aureliano. En los años ochenta fue personero y concejal de Zipaquá, época en que participó activamente en la construcción del Barrio Bolívar 83, en las laderas noroccidentales de esa ciudad. Allí fue capturado en 1985 y conducido a Bogotá, donde fue encarcelado y torturado. Luego de recobrar la libertad, intervino en todo el proceso constituyente del 91.
Años después se desempeñó como represente a la Cámara y senador de la República, librando una lucha sin precedentes contra el paramilitarismo y la corrupción. ¡Memorables son aquellas semanas en que la Plaza de Bolívar estuvo llena! Fue cuando el procurador Ordóñez le quitó a Petro la credencial de alcalde de Bogotá. ¡Quién no recuerda esa epopeya!
Los hechos recientes que antecedieron al fallo de la Corte Constitucional tampoco fueron un asunto fácil. Se trata de toda la praxis política de 2018: vencedor en la consulta con Carlos Caicedo y luego airoso en la primera y segunda vueltas es lo que le permitió ostentar el estatus de senador de la República. Enseguida, una asamblea multitudinaria en la Plaza de Bolívar, redacción de estatutos y presentación de la documentación ante el Consejo Nacional Electoral, organismo que le negó la personería jurídica, porque como dice Petro, la «decisión la tomaron mis adversarios políticos». Es contra esa decisión que se instaura la tutela, cuyo cierre definitivo profirió la Corte en sentencia del jueves 16 septiembre.
Sin embargo, digo que hasta ahí está lo fácil, no solo porque administrar la victoria es más difícil que administrar la derrota, sino por los retos que le esperan a Colombia Humana. La decisión de la Corte Constitucional no opera de manera automática. Una vez que la sentencia sea publicada debe ir con los demás requisitos al Consejo Nacional Electoral, para la obtención de personería jurídica.
Pero hay un detalle, en el que es preciso tener puesto el ojo avizor. La Corte advierte al Consejo Nacional Electoral que antes de expedir la personería jurídica «deberá verificar que no se otorguen duplicidad de garantías al mismo partido político, teniendo en cuenta la existencia a la fecha del partido político Colombia Humana-Unión Patriótica». Esto quiere decir que antes de llevar la documentación al Consejo Nacional Electoral el partido Colombia Humana-Unión Patriótica debe hacer una escisión y llegar ante el CNE solo como Colombia Humana, para evitar otro rechazo o al menos más dilaciones.
Las opiniones realizadas por los columnistas del portal www.laotravoz.co no representan la identidad y línea editorial del medio. Les invitamos a leer, comentar, compartir y a debatir con respeto.